Te ayudamos con tu liquidación


Dónde encuentro mi liquidación

Los ficheros con la información de la liquidación para cada sujeto que participa en el mercado organizado peninsular y/o en el despacho de los territorios no peninsulares están disponibles en el acceso privado del esios (concretamente en la ventana de "Descarga de ficheros").

e-sios

Accede a la aplicación de esios

Qué información puedo consultar

Si eres sujeto de liquidación puedes acceder a 2 ficheros, en formato zip, que contienen:

  • La información confidencial resultado de tu liquidación.
     
  • La información agregada no confidencial necesaria para que compruebes que hemos calculado tu liquidación conforme a la normativa vigente. Este es el fichero denominado "liquicomun". En este fichero incluimos como guía de uso el fichero modelcom.pdf que ofrece una breve descripción del contenido de cada fichero y de su formato.

Quién gestiona la facturación y los pagos

  • MEFF Tecnología y Servicios, S.A.U es la entidad encargada de la gestión de las garantías, facturación y cobros y pagos de la liquidación del operador del sistema.

Consulta su página web: www.meffenergia.com

Para dudas tenemos estos buzones, indicando en el asunto:

  • Módulo Contacta con nosotros del Portal de Servicios a Clientes, en la categoría externa de Liquidaciones, financiación, garantías, cobros y pagos.
  • Módulo Contacta con nosotros del Portal de Servicios a Clientes, en la categoría externa de Clientes, servicios, usuarios, aplicaciones, certificados digitales y códigos EIC.
  • Consultas relacionadas con facturación y gestión de cobros, pagos y garantías de pago: meffenergia@grupobme.es

También tienes a tu disposición, en la web pública del esios, información agregada no confidencial relativa a la liquidación que realiza Red Eléctrica.

e-sios

El 27 de noviembre de 2019, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aprobó la Circular 4/2019, por la que se establece la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico, publicada en el BOE el 3 de diciembre.

La normativa establece que la retribución del operador del sistema será asumida, en un 50%, por el conjunto de los productores de energía eléctrica y, en el otro 50%, por el conjunto de los comercializadores y consumidores directos en mercado del territorio nacional.

Los precios a repercutir en el año 2020 a los agentes se recogen en la “Resolución por la que se establece la cuantía de retribución del operador del sistema para 2020 y los precios a repercutir a los agentes para su financiación” aprobada por la CNMC el 14 de enero de 2020".

Red Eléctrica, como operador del sistema, tiene asignada las funciones de liquidación, pagos y cobros y garantías de los servicios de ajuste de sistema, en particular de las restricciones técnicas y energías de balance, de los pagos por capacidad y de la energía resultante del despacho económico de los territorios no peninsulares, de acuerdo con los apartados 30.2 m), n), u) y w) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Además, el Reglamento de la Comisión Europea por el que se establece una directriz sobre el balance eléctrico (EBGL) asigna a Red Eléctrica la función de liquidación de la energía de balance.

El calendario de liquidación se establece en el PO 14.1 Condiciones generales del proceso de liquidación del operador del sistema.

La liquidación de los servicios de ajuste del sistema se establece en el PO 14.4 Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema.

Las garantías se establecen en el PO 14.3 Garantías de pago.

Las condiciones generales del proceso de expedición de facturas, y de la gestión de los pagos y cobros se establecen en el PO 14.7 Expedición de facturas, cobros y pagos.

Asimismo, la Circular 4/2019 de la CNMC, artículo 16, por la que se establece la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico, establece que los pagos establecidos para la financiación de la retribución al operador del sistema, se efectuarán mensualmente al operador del sistema.

Mujer teleoperadora trabajando delante de varias pantallas de ordenador

Te escuchamos para mejorar

Si tienes otras consultas generales relacionadas con el servicio de liquidación, accede a nuestro Portal de Servicios a Clientes y haznos tu consulta desde el apartado "Contacta con nosotros".

Preguntas frecuentes

En el apartado 6.5 del PO 14.1 se establecen las condiciones para que se produzca una liquidación excepcional.

El sujeto de liquidación responsable del balance (BRP) es el único que tiene acceso a los ficheros privados de la liquidación.

En el fichero zip liquicomun se publican ficheros horarios con los importes de todos los conceptos que se liquidan a la demanda, así como la energía de reparto; también se publica el importe horario del segmento de costes asignados a la demanda CAD y los porcentajes horarios de este importe correspondientes a cada componente. 

Se puede consultar el nombre de los ficheros de importe y precios en el pdf modelcom.

Para las unidades de un mismo BRP, la consolidación de desvío en los TNP se realiza para las instalaciones con derecho a la percepción del régimen retributivo específico, para un subsistema y de la misma categoría, y por separado las instalaciones de tecnología renovable no gestionable sin derecho a régimen retributivo específico, para un subsistema y de la misma categoría.

Para información adicional se tiene que consultar el Anexo XI del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.