El marco normativo que otorga a Red Eléctrica, en su condición de operador del sistema, las funciones para desarrollar, ejecutar y opera el Sistema de Gestión y Visualización SGV así como su visor web denominado Reve; es el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, que modificó la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico para asignar una nueva función a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», de forma que pueda recoger y tratar la información dinámica prevista en el anexo III de la Orden TED/445/2023, de 28 de abril, en concreto, los siguientes datos dinámicos correspondientes a la infraestructura de puntos de recarga de acceso público para vehículos eléctricos con potencia igual o superior a los 43 kW:
a) Precio de venta al público de la electricidad o del servicio de recarga.
b) Disponibilidad del punto de recarga.
Asimismo, la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 4/2024 designa al operador del sistema eléctrico como Entidad Responsable del desarrollo y ejecución del Sistema de Gestión y Visualización de la información remitida por los operadores de puntos de recarga energéticos («CPO») al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico («SGV» en adelante) de forma que permita la recogida y el tratamiento de la información de carácter dinámico prevista en el Anexo III de la Orden TED 445/2023, de 28 de abril.
La Entidad Responsable, en el ejercicio de las funciones anteriores, deberá cumplir lo dispuesto en la siguiente normativa:
- Orden TED/445/2023, de 28 de abril por la que se regula la información a remitir por los prestadores de servicio de recarga energética al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla (en adelante Orden TED/445/2023).
- Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, artículo 15.1.
- Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos, artículo 10 (en adelante Real Decreto 184/2022).
- Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información.
- Reglamento (UE) 2023/1804 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de septiembre de 2023 relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2025/655 de la Comisión, de 2 de abril de 2025, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1804 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las especificaciones y procedimientos relativos a la disponibilidad y accesibilidad de los datos sobre infraestructuras para combustibles alternativos.
- Resolución de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba la propuesta del operador del sistema eléctrico español del procedimiento e instrucciones de carácter técnico del Sistema de Gestión y Visualización de la información remitida por los operadores de puntos de recarga energéticos.
- Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se determina la forma de remisión de la información dinámica de la infraestructura de recarga eléctrica de acceso público, al sistema de gestión y visualización de la información remitida por los operadores de puntos de recarga eléctricos, aprobado por el ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico.