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Precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)
Precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)
Cada día publicamos los precios que se aplican hora a hora sobre el término energía de electricidad de aquellos usuarios acogidos a la tarifa regulada.
Cálculo y publicación del PVPC
Desde el 1 de enero de 2024, se aplica una nueva estructura del cálculo del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), lo que afecta a la facturación del término de energía de la tarifa regulada.
De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, Red Eléctrica publica cada día los precios horarios para el día siguiente.
Los periodos horarios del PVPC
El PVPC, en la tarifa 2.0 TD en vigor desde el 1 de junio o de 2021, sustituye a las tres que existían hasta el 31 de mayo de 2021 por una única, que cuenta con una discriminación horaria en tres periodos en los que la aplicación de peajes y cargos regulatorios variará:
- El periodo punta, en el que dichos peajes y cargos regulados serán más elevados.
- El periodo llano, con un impacto intermedio de estos costes regulados.
- El periodo valle, periodo en el que estos peajes y cargos serán más bajos.
Estos periodos se aplican en el término de energía y en el término de potencia de la factura de electricidad de aquellos consumidores acogidos al PVPC en todo el territorio nacional, si bien en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla las franjas horarias se desplazan ligeramente.
Además, la facturación PVPC 2.0 TD permite también que sea el consumidor quien elija dos potencias contratadas diferentes en función de su consumo: una de ellas se aplicará en el periodo valle y la otra lo hará en el periodo punta y en el llano.
Península, Baleares y Canarias
De lunes a viernes | Fines de semana y festivos nacionales | |
---|---|---|
Periodo valle | De 00:00-8:00 horas | Todo el día |
Periodo llano | De 8.00 a 10.00 horas De 14.00 a 18.00 horas De 22.00 a 24.00 horas | |
Periodo punta | De 10.00-14.00 horas De 18.00 a 22.00 horas |
Ceuta y Melilla
De lunes a viernes | Fines de semana y festivos nacionales | |
---|---|---|
Periodo valle | De 00:00-8:00 horas | Todo el día |
Periodo llano | De 8.00 a 10.00 horas De 14.00 a 18.00 horas De 23.00 a 24.00 horas | |
Periodo punta | De 11.00-15.00 horas De 18.00 a 22.00 horas |
- Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, (modificado recientemente por el Real Decreto 446/2023 de 13 de junio) por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.
- Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico.
- Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.
- Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de junio de 2021.
- Orden Ministerial TED/371/2021 del 19 de abril, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1 de junio de 2021.